Se abre el plazo para la presentación de ayuda de libros para el próximo curso 2022-23
- Solo podrán solicitarla los alumnos que el próximo curso tengan matrícula en 1º y 2º de Primaria y 3º y 4º de ESO. El resto de alumnos ya se benefician de la gratuidad a través del banco de libros.
- Plazos: Desde el 31 de mayo al 19 de junio
Requisitos de solicitud o iniciación
Que los ingresos de la unidad familiar en el año 2021, en función del número de miembros, no hayan superado los siguientes umbrales máximos:
N.º de miembros | Umbral máximo no superable |
1 | 9.321 |
2 | 10.677 |
3 | 12.033 |
4 | 14.067 |
5 | 16.101 |
6 | 18.135 |
7 | 20.169 |
8 | 22.203 |
A partir del octavo miembro se añadirán 1.356 euros por cada nuevo miembro computable adicional.
Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2021 superior a 40.000 euros.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
- Documento Nacional de Identidad
(Obligatorio / No original)
Documento Nacional de Identidad (DNI) - Documento de identificación de extranjero: NIE
(Obligatorio / No original)
Documento de identificación de extranjero (NIE) - Libro de familia
(Obligatorio / No original)
Fotocopia del libro de familia o, en su defecto, cualquier otra documentación fehaciente que acredite las personas que componen la unidad familiar. - IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
(Obligatorio / No original)
Certificado Bancario del Código IBAN de la cuenta o libreta, donde se desea recibir el importe de la ayuda del que deberá ser titular el padre, madre o alumno si tiene DNI/NIE. - Declaración responsable
(Obligatorio / No original)
Declaración responsable y cláusula de consentimiento. - Certificación
(No obligatorio / No original)
Documentación pertinente que acredite pérdida del poder adquisitivo debido a situación de desempleo por ERTE, ERE o paralización de la actividad económica o empresarial durante el año 2021 (certificación de situación de desempleo debido a ERTE, ERE expedida por el órgano competente o documentación acreditativa de paralización o cese de actividad empresarial en caso de actividad económica por cuenta propia). - Acreditación de la condición de víctima de violencia de género
(No obligatorio / No original)
Documentación pertinente que acredite su condición de víctima de violencia de género y/o sus hijos menores víctimas de violencia de género, para lo que deberá aportar la sentencia (o la orden de protección, medidas cautelares o Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia). - Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
(No obligatorio / No original)
Documentación pertinente que acredite su condición de víctima del terrorismo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto nº 105/2012, de 27 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Ayuda a las Victimas del Terrorismo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. - Designación/autorización de representación
(No obligatorio / No original)
Autorización para la representación